miércoles, 24 de julio de 2013

Con la reforma local se retrocede 20 años de trabajo en el acercamiento de servicios básicos a la ciudadanía


Texto de la Plataforma Pro Igualdad:  / 23 jul 2013 

Protesta de la Plataforma Pro-Igualdad.
Con el anteproyecto de Ley racionalización y sostenibilidad de la Administración Local se pretende clarificar las competencias municipales para evitar duplicidades con las competencias de otras Administraciones de forma que se haga efectivo el principio “una Administración una competencia” y garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso.

Ni que decir tiene que la reforma es ideológica pues la justificación de las medidas que se incluyen en el Anteproyecto de Ley se asienta en conclusiones no avaladas por el propio sistema de información del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Según datos de la OCDE recogidos en el informe de la CORA, presentado por el Gobierno, en 2011 la Administración Local fue la que menos gasto público generó en el conjunto de las AAPP: AGE (21,6%), CCAA (34,3%), LOCAL (12,3%) y SEGURIDAD SOCIAL (31,9%).

Según Hacienda, el déficit del conjunto de las AAPP fue del 7% del PIB en 2012: AGE (4,1%), CCAA (1,76%), SEGURIDAD SOCIAL (1%) y CORPORACIONES LOCALES (0,15%), cumpliendo éstas con creces el objetivo fijado del 0,3% del PIB. Con estos datos… ¿Cómo se justifica la reforma local? ¿Racionalización? ¿Sostenibilidad?

La reforma de la administración local trata de establecer las competencias que corresponden a las administraciones locales mediante la definición de un listado de materias que los municipios han de ejercer, en todo caso, competencias propias, sometiendo su determinación a una reserva formal de ley. Por lo que no podrán ejercer competencias distintas de las que estén expresamente atribuidas por la ley o hayan sido delegadas (competencias impropias).

El anteproyecto suprime el artículo 28 de la actual Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local, conforme al cual “Los Municipios pueden realizar actividades complementarias de las propias de otras administraciones públicas y, en particular, las relativas a la educación, la cultura, la promoción de la mujer, la vivienda, la sanidad y la protección del medio ambiente”.

Esto conlleva que los municipios no pueden desarrollar ninguna competencia ni actividad en materia de políticas de igualdad y de atención y asistencia a mujeres víctimas  violencia de género, obviando el papel trascendental que las entidades locales tienen en estas materias suponiendo la desaparición de una red de centros (Puntos y Centros de Información a la Mujer) repartidos por toda Andalucía, para que las mujeres tengan este recurso de la manera más cercana, efectiva y rápida. Red de centros que articulan una intervención global dirigida a las mujeres, ofreciendo información, atención y asesoramiento en políticas de igualdad, fomento de la participación, realización de programas de desarrollo personal, educativo, de salud así como orientación profesional y laboral. Y, por supuesto, es el recurso más eficaz y cercano para que las mujeres conozcan sus derechos y los puedan ejercer, sobre todo en el mundo rural,  siendo un servicio profesionalizado en la atención a las mujeres víctimas de violencia de género.
Como consecuencia de ello, los y las profesionales de los PIM y CMIM creamos la Plataforma Pro-Igualdad para la defensa activa de las políticas de igualdad entre mujeres y hombres y la atención y asistencia a mujeres víctimas de violencia de género así como la defensa de nuestros propios derechos.

Queremos hacer constar la inconstitucionalidad de la reforma pues atenta contra el principio mismo de autonomía local constitucionalmente garantizado, suponiendo una intromisión en el ámbito de la autonomía de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Contraviene la Carta Europea para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la vida local, dejando a la administración local fuera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres así como la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

El desmantelamiento de esta red de centros dificultará el cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género así como la autonómica por Ley 13/2007, de 26 de noviembre.

Con la aprobación del anteproyecto se retrocede 20 años de trabajo en el acercamiento de servicios básicos a la ciudadanía, sobre todo en lo referente a la atención a mujeres rurales, que son las más vulnerables, las que tienen más dificultades para acceder a estos servicios.

El 26 de junio de 2013 el Consejo de Estado realiza un dictamen donde hace constar la posible inconstitucionalidad de la reforma.

Resulta curioso que uno de los objetivos sea la racionalización de la estructura organizativa de la Administración Local, pretendiendo un control económico-presupuestario más riguroso y en su cuarto y último objetivo consista en: “Favorecer la iniciativa económico privada, evitando intervenciones administrativas desproporcionadas”.

La memoria analiza el impacto de género y otros impactos, señalando que “el anteproyecto tiene por objeto principal regular las competencias locales, incluyendo medidas que afectan a los empleados públicos, partiendo así de una situación en la que no existen desigualdades de oportunidades ni de trato entre hombres y mujeres, lo que determina que el impacto por razón de género sea nulo. No obstante, advierte que en el momento en que el Estado y las Comunidades Autónomas apliquen las previsiones relativas a la definición de competencias locales…sí podrán producirse impactos indirectos sobre las personas físicas”.

Evidentemente, si se suprimen las políticas de igualdad y de prevención y asistencia a mujeres víctimas de violencia de género quienes van a resultar perjudicadas en sus derechos será una parte importante de la ciudadanía española, no sólo las mujeres sino también sus hijos e hijas y, por ende, toda la sociedad española que sufrirá un retroceso en los avances conseguidos en materia de igualdad entre mujeres y hombres, suponiendo una clara y brutal agresión al modelo de Estado que proclama la Constitución Española. He aquí el impacto indirecto sobre las personas físicas que menciona el informe del Consejo de Estado.

Tras este informe, el Gobierno aplaza el visto bueno a la reforma local que tenía previsto aprobar el 19 de julio. Después, se conoce el último borrador de fecha 15 de julio, donde ya no se habla de coste estándar sino de coste efectivo.

Pero las políticas de igualdad siguen desaparecidas pues el actual artículo 28 queda suprimido.
Desde la Plataforma Pro-Igualdad denunciamos este hecho y seguimos con nuestra lucha en defensa de las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y en la prevención y asistencia a mujeres víctimas de violencia de género. Ni un paso atrás en políticas de igualdad. No al cierre de los puntos y centros municipales de información a la mujer.

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